Normas de origen no preferenciales

Por: JG GROUP CO SAS Fecha: 1 septiembre, 2015
normasdeorigen

El proyecto de decreto de normas de origen no preferenciales, se establece para los productos sujetos a medidas de defensa comercial establecidas al amparo de los artículos VI y XIX del GATT de 1994 y se determina el certificado de origen no preferencial como documento soporte de las declaraciones de importación correspondientes, permitiendo a los consultores que prestan sus servicios a Pymes y organizaciones que desean fortalecer sus áreas de ventas internacionales, desarrollar el proceso cumpliendo con el marco legal,
En el documento se resalta qué es un certificado de origen y los requisitos documentales que deben cumplir para ingresar la mercancía a Colombia.
Certificado de origen: Los productos para los que aplican las normas de origen no preferenciales previstas en este decreto deberán presentar como documento soporte de la declaración de importación, un certificado de origen en original con las siguientes características:
1.El certificado de origen debe expedirse por el exportador ubicado en el País donde se produce y exporta la mercancía con destino a Colombia con base en una declaración bajo la gravedad del juramento, sobre el cumplimiento de los requisitos de origen establecidos en este decreto.
2.Contener la siguiente información:
a) Datos del productor y exportador (razón social, dirección, ciudad y correo electrónico),
b) Destinatario (razón social, dirección, ciudad, país),
c) Itinerario y medio de transporte,
d) Subpartidas del Sistema Armonizado de cada ítem relacionado,
e) Descripción de las mercancías de tal manera que puedan identificarse en el momento de la importación a Colombia,
f) Peso neto y cantidad en la unidad comercial utilizada en la venta por ítem.
g) Número y fecha de la factura comercial emitida por el productor y/o exportador domiciliado en el país de origen donde se expide el certificado de origen. Cuando el vendedor de la mercancía a Colombia no se encuentre domiciliado en el país de origen, deberá constar adicionalmente en un campo denominado observaciones, el número y fecha de la factura que esta emite.
h) Indicar criterio de origen que se cumple en la producción del bien que se exporta con destino a Colombia.
Para mayor información, les invitamos a leer el documento compleo aquí.